Módulo E. Claves actuales del ejercicio de liderazgo. El liderazgo innovador



INCUBACIÓN: Se detalla a continuación de forma “ficticia” el ejercicio del liderazgo a través de tres de razones básicas: a) fase de incubación; b) elegir el reto y; c) crear un grupo de trabajo.

FASE DE INCUBACIÓN: Lo primero es hacer un buen diagnóstico que permita sin sesgo identificar y listar oportunidades genuinas de innovación (Mapear Oportunidades) que puedan existir en nuestro entorno de trabajo. Observando qué puede mejorar lo siguiente:
1.-Los recientes cambios políticos y normativos generan estados de inestabilidad a las empresas, como es el caso de La política de pleno empleo,  que popularmente es objeto de estudios económicos y sociales a partir de la publicación de la Obra denominada La Teoría general de la ocupación, el interés y el dinero, del economista británico John Maynard Keynes. (Sistema económico mixto o keynesiano 1936), es el referente esencial tanto de la concepción doctrinal del «Estado de bienestar» como del concreto modelo de «Estado social» que configura nuestra Constitución de 1978,  con independencia de que los distintos momentos históricos, sean más o menos propensos a alcanzar el ideal de que todo aquel que quiera trabajar encuentre una actividad adecuada a su capacidad.
2.-Las reformas del mercado de trabajo, impuestas por nuevas realidades demográficas, económicas, culturales, tecnológicas, etc., conlleva la reforma de la legislación laboral que incide sobre dicho mercado.
3.- Las actuaciones en materia laboral de la Unión Europea cabe enmarcarlas en el ámbito de la llamada «Dimensión social europea», que se asienta en el principio de no discriminación entre los ciudadanos de los países pertenecientes a la Unión por razón de su nacionalidad. Este principio tiene una serie de consecuencias, entre las que cabe destacar las siguientes:
3.1. Sobre la libre circulación de los trabajadores: Todo ciudadano de la Unión tiene derecho a residir, circular y trabajar en cualquier país de la UE siendo objeto de los mismos derechos laborales, sindicales y protección social que los trabajadores del país de acogida. Los trabajadores independientes y artesanos pueden hacerlo igualmente a condición de haberlo ejercido en su país de origen entre 3 y 6 años (según los casos). Pueden establecerse por cuenta propia, constituyendo y gestionando empresas.
3.2. Sobre armonización del trabajo: Se han regulado las siguientes materias: Contrato de trabajo escrito, Salud de los trabajadores, prohibición de trabajo a menores de 15 años y embarazadas. Esta reglamentación no impide que los países miembros puedan mejorar dichas condiciones mínimas.
3.3. Sobre cualificaciones profesionales: Las categorías de empleo son reconocidas y homologadas por los países de acuerdo mutuo. La Comisión Europea publica periódicamente por sectores tablas de correspondencias de titulaciones en el Diario Oficial de la Comunidad Europea (DOCE)
3.4. Acceso a la función pública: Los ciudadanos de la UE tienen libre acceso a las oposiciones en cualquier país salvo las afectadas por el ejercicio del poder público y la soberanía nacional (policía, ejército y alta administración).
3.5. Sobre formación de los trabajadores: A través del Fondo Social Europeo (FSE) se promueven iniciativas de formación tendentes a fomentar el empleo, especialmente entre parados de larga duración. (Objetivo de convergencia y objetivo de competitividad regional y empleo)
4.- En el desarrollo de las RRLL en la UE conviven marcos legales diversos y es a través de los convenios colectivos específicos como se sustancia dicho desarrollo.
5.-La negociación colectiva, tampoco tiene un carácter homogéneo entre los diferentes países miembros. De hecho, en Dinamarca prevalece la concepción de los acuerdos colectivos, en Francia tienen carácter normativo, en la República Checa ocurre al contrario. En ocasiones, como el caso de España, pueden introducir condiciones que empeoran las contempladas en la Ley.
ELEGIR EL RETO:
El paso anterior mostraba un conjunto amplio de posibilidades para innovar, así que hemos de descartar opciones y elegir sólo una de ellas en la que concentrarnos. Es el momento de pasar de muchas “oportunidades” al “reto” concreto de innovación que vamos a resolver:
La adaptación a las nuevas necesidades viene siendo propuesta en términos de flexiseguridad, aunque en España, hay quien dice que la reforma laboral aprobada ha introducido la «flexi», pero no la seguridad. (En Dinamarca, flexiseguridad es el paradigma del empleo y la competitividad), contiene dos vertientes. Por un lado, se busca ordenar el mercado laboral con el objeto de hacerlo más dúctil, lo que, en principio, parece que se consigue a través de la regulación de retribuciones variables y contratos más sencillos. Por el otro, estas medidas deberán acompañarse por políticas eficaces de empleo y de protección al desempleado con la finalidad de amparar al trabajador.
CREAR UN GRUPO DE TRABAJO: Ya tenemos el “reto de innovación” elegido, así que ahora tenemos que pensar en las personas que necesitamos para abordarlo: La innovación es un trabajo en equipo, así que es muy importante identificar e implicar a las personas adecuadas.
Las personas adecuadas para abordar el “reto de innovación” es la intermediación laboral, como instrumento fundamental de las acciones de fomento de la contratación: la puesta en contacto de la oferta y la demanda de trabajo para lograr la colocación adecuada de los demandantes de empleo así como la «recolocación» de los trabajadores que resultaran excedentes en procesos de reestructuración empresarial. La acción de intermediación en el mercado de trabajo se realiza a través agentes intermediarios según la cual la oferta y la demanda se equilibraban y nivelaban por sí mismas, sin necesidad de que interviniese ningún resorte ajeno a ellas, como  una forma metafórica “La mano invisible” (SMITH) y claro está que, en este grupo de trabajo deben participar los directores ejecutivos de las Función Pública y así como los directores ejecutivos de la Patronal. Mediante labores que deben ser transparentes y que promuevan la implicación de las partes.



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